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Cómo funcionará la validación del régimen fiscal del receptor en la factura 4.0

Desde este 2023, todos los contribuyentes estamos obligados a facturar con la versión 4.0 de CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) y uno de los cambios o características es que debe contener el régimen fiscal del receptor del comprobante,  la validación del nombre y código postal.

La validación del régimen fiscal que se hará de este dato no necesariamente consiste en que el régimen sea exactamente el que el receptor tenga registrado en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Lo anterior se debe a que la autoridad fiscal no exige que el régimen del receptor sea exactamente aquel en que está registrado, sino que basta que sea uno que corresponda al tipo de persona: física o moral.

Esto no significa que  se pueda colocar cualquier régimen según el tipo de persona. Esto se debe a que el campo “Uso del CFDI” (donde se define qué uso tiene ese comprobante) depende del régimen fiscal registrado para el emisor.

Por ejemplo, si en un comprobante se define el “uso del CFDI” como “03 – Gastos en general”, se entiende que no cualquier régimen de persona física receptora es aceptado para ese uso.

El régimen que está excluido prácticamente de cualquier “uso” de tipo “gasto” es el régimen “605 – Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios”. Es decir, no será posible emitir un CFDI que tenga como uso ’03 – Gastos en general’ si el régimen del receptor es el de sueldos.

En este contexto, es muy  importante que conozcas los regímenes fiscales del receptor aceptados para cada tipo de uso del CFDI para evitar complicaciones en tu proceso de facturación así como ante el SAT.